Publicación: 01.02.2019
Última actualización: 22.02.2019
Legal

¿Quieres cumplir correctamente con la RGPD y la nueva LOPD? Te explicamos cómo tener una base de datos que cumpla con la normativa de Protección de Datos

Tener base de datos para hacer sms
¿Quieres cumplir correctamente con la RGPD y la nueva LOPD? Te explicamos cómo tener una base de datos que cumpla con la normativa de Protección de Datos
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La recogida/obtención de datos personales es fundamental para todo tipo de negocios e instituciones. No en vano, el Big Data está marcando la diferencia en la era de la economía digital. Por eso, saber qué hay que hacer para disponer de una base de datos obtenida y tratada legalmente se convierte en una prioridad.

En este artículo te proponemos una forma de hacerlo correctamente. Así poder evitar posibles sanciones o repercusiones negativas en el nombre y reputación de tu empresa.

 ¿Cómo tener una base de datos que cumpla con la normativa de Protección de Datos?

Para disponer de una base de datos obtenida y utilizada legalmente, se tiene que cumplir con el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD) 2016/679. Y también con la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) 3/2018.

Pero no solo hay que cumplir con dicha normativa para esta finalidad. También hay que tratar los datos personales. Estamos hablando de clientes, empleados, proveedores, curriculums, imágenes, etc. Toda esta información también debe cumplir con todos los requerimientos establecidos. 

En relación con los datos personales de los clientes (todo aquel que te ha comprado/adquirido un producto o contratado un servicio), estos pueden ser tratados para contactar con ellos. O para entregarles el producto. Incluso para prestarles servicios posventa o para enviarles recordatorios de citas o reuniones. Las posibilidades para contactar con ellos son múltiples.

Requisitos que debes saber para contactar a tus clientes:

A los clientes, por el solo hecho de serlo (interés legitimo del responsable, Considerando 47 RGPD), también se les puede enviar publicidad y marketing. Esto sin necesidad de obtener su consentimiento. Pero cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Solo puedes enviar publicidad sobre los productos y servicios de tu sector (productos y servicios similares a los que te ha comprado).
  • En el momento de obtener/recabar sus datos hay que informarles (y poder demostrar que les has informado) sobre los extremos que indican las normas antes citadas.
  • Sea cual sea el medio a través del cual les hagas llegar tu información comercial, debes darles la posibilidad que, de forma clara y sencilla, puedan oponerse a que les envíes más publicidad.
  • No está permitido ceder tu base de datos a otras empresas.

 

Permisos y consentimientos para enviar SMS

Para poder enviar publicidad sobre tus productos o servicios a personas físicas que no son tus clientes (personas que te solicitan información en ferias, certámenes o eventos, a través de la página web de la empresa o físicamente en la tienda u oficinas, por ejemplo) debes obtener su consentimiento claro, expreso e inequívoco. Y también poder demostrar posteriormente que efectivamente lo has obtenido de esa forma.

En todo caso, antes de que el interesado preste su consentimiento, debes informarle de aquellos extremos que las dos normas anteriores recogen en su articulado. Por tanto, primero deberíamos de informar y después pedir el consentimiento.

Excepciones para enviar publicidad:

Si bien con relación a los datos de clientes hay ciertas excepciones. Los datos de no clientes debes eliminarlos de tu base de datos en el caso que estos ejerzan el derecho de supresión, regulado en las normas de anterior referencia.

Disponer de una base de datos obtenida y utilizada legalmente, así como que tu empresa cumpla con la normativa de protección de datos, es fundamental para evitar sanciones de la Agencia Española de Protección de Datos. Así como para no perjudicar la imagen y reputación de tu empresa.

Si quieres enviar mensajes SMS publicitarios con seguridad, en LabsMobile te podemos echar una mano.

Nota: Este artículo ha sido elaborado con la colaboración de comServeral, consultoría de Protección de Datos y Comercio Electrónico de referencia.